Los límites a la redistribución entre territorios: un análisis comparado
Fecha: enero 2014
Autores: Santiago Lago Peñas, Xoaquín Fernández Leiceaga
Etiquetas: Federalismo fiscal, Financiación de las comunidades autónomas, Principio de ordinalidad
Cuadernos de Información Económica, N.º 238 (enero - febrero)
ES:
Recientemente, a raíz de la reforma estatutaria en Cataluña aprobada en 2006, se ha introducido en la discusión pública el denominado “principio de ordinalidad” que tiene antecedentes destacables en otros países, particularmente Alemania y Canadá. En esencia, este principio significa que el ranking de los gobiernos regionales según sus recursos per cápita debería ser el mismo que según su capacidad fiscal, que se puede aproximar por la recaudación tributaria per cápita obtenida en dicho territorio.