Desarrollo regulatorio del open banking

IF-Gráfico 10/2020

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Mapa internacional del desarrollo del open banking

Fuente: Banco Internacional de Pagos de Basilea. Noviembre 2019.
https://www.bis.org/bcbs/publ/d486.pdf

La adopción de la banca abierta (open banking) comienza a ser una
tendencia global. En este contexto, se observa que el alcance regulatorio y supervisor de las actividades bancarias abiertas varía significativamente según las
jurisdicciones. A menudo incluye
requerimientos de privacidad y
protección de datos básicos pero otros elementos importantes muestran un tratamiento muy distinto entre países.

Como se muestra en el gráfico, existen principalmente tres enfoques diferenciados de open banking. En el primer modelo, se opta por establecer normas que obliguen a los bancos compartir datos de sus clientes (previo consentimiento) con terceros
proveedores de servicios financieros (como en la UE, Méjico e India).

En segundo lugar, otras jurisdicciones han emitido orientaciones, en lugar de normas obligatorias. Este es el caso de Hong Kong, Singapur y Corea del Sur. Frente a estos enfoques liderados por la acción de las autoridades regulatorias, un tercer modelo optar por confiar en iniciativas impulsadas desde el mercado y no opta por regulación alguna de la banca abierta (como en Estados Unidos y China).

En cualquier caso, el fenómeno continúa su avance y cada vez más países que no se habían pronunciado hasta la fecha (como Canadá, Rusia, Australia o Brasil) comienzan a considerar las distintas opciones de open banking.

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