Los Estados no deben fiarlo todo a la aplicación de clausulas generales de condena del fraude de ley, como el artículo 24.2 de la Ley General Tributaria

Los Estados no deben fiarlo todo a la aplicación de clausulas generales de condena del fraude de ley, como el artículo 24.2 de la Ley General Tributaria

Fecha: enero 1993

Carlos Palao Taboada

Funcas

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