El Mecanismo Único de Resolución: segundo pilar de la unión bancaria
Fecha: octubre 2013
Autores: Francisco J. Valero
Etiquetas: Mecanismo Único de Resolución, Unión bancaria
Cuadernos de Información Económica, N.º 236 (septiembre - octubre)
La existencia de un Mecanismo Único de Resolución de crisis bancarias garantizaría la ausencia de cualquier distorsión competitiva en esta materia dentro del mercado único y tendría como principal objetivo que si un banco sujeto al Mecanismo Único de Supervisión se enfrentase a graves dificultades, pudiera procederse a su resolución de manera eficiente y con un coste mínimo para los contribuyentes y la economía real. Aunque el mecanismo de decisiones en la UE es lento y complicado, parece que a lo largo del próximo año debiera estar en funcionamiento.