Los Estados no deben fiarlo todo a la aplicación de clausulas generales de condena del fraude de ley, como el artículo 24.2 de la Ley General Tributaria
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Los Estados no deben fiarlo todo a la aplicación de clausulas generales de condena del fraude de ley, como el artículo 24.2 de la Ley General Tributaria
Fecha: enero 1993
Carlos Palao Taboada