Fiscalidad de los criptoactivos en España: la obligación de declarar las tenencias
ODF – Funcas 76 / 2023
Fecha: 14 diciembre 2023
Obligación de declarar las tenencias en plataformas en el extranjero
A partir del 1 de enero de 2024, los residentes en España – ya sean personas físicas o jurídicas - tendrán la obligación de declarar a la Agencia Tributaria sus tenencias en criptomonedas en el exterior. Es decir, los poseedores de criptoactivos tendrán que comunicar a Hacienda el importe que tengan en estos activos digitales en criptoplataformas extranjeras[ii]. La obligatoriedad comienza a regir a partir de un saldo equivalente a los 50.000 euros en criptoactivos. Según la normativa en vigor, tendrán hasta finales de marzo de 2024 para cumplir con esta obligación tributaria. Para ello deberán cumplimentar un nuevo formulario que ha diseñado específicamente la Agencia Tributaria. Se trata del modelo 721, que ya está disponible en la web de Hacienda.
Monedas digitales en wallets
La Agencia Tributaria ha aclarado que la obligación de declarar las tenencias se extiende tanto a los “hot wallet” – aquellos monederos que están conectados a internet y cuyas claves se mantienen custodiadas online - como a los “cold wallet” – aquellos dispositivos físicos sin conexión a internet. La normativa exigirá indicar los saldos (en euros) de todas las monedas digitales que se tengan en el extranjero. La regla para valorar las monedas será la cotización a 31 de diciembre que ofrezcan las principales plataformas de negociación o sitios web de seguimiento de precios o, en su defecto, una estimación razonable del valor de mercado en euros de la moneda virtual.
Requerimientos informativos para usuarios y plataformas que operen en España
Los usuarios de las criptomonedas en nuestro país, además de indicar los saldos en estos activos, también tienen que incluir en la declaración de la renta las ganancias y pérdidas patrimoniales relacionadas con las operaciones realizadas con estas monedas digitales. Por otra parte, las entidades que presten servicios con criptoactivos en España también tienen la obligación de declarar los saldos y las operaciones con criptoactivos. Las plataformas que presten servicios de cambio entre monedas virtuales y monedas fiduciarias o entre diferentes monedas virtuales lo harán a través del denominado modelo 173, mientras que las que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas, así como para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales tendrán que hacerlo a través del modelo llamado 172. En todo caso, conviene siempre consultar la información actualizada de la Agencia Tributaria.
Prevención contra el fraude fiscal
Este conjunto de requerimientos informativos relacionados con los criptoactivos sigue la línea marcada por la Unión Europea sobre el desarrollo de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Desde fuentes comunitarias, se estima que, en la actualidad, los distintos países de la UE estarían dejando de ingresar, vía impuestos sobre la renta, entre 1.000 y 2.400 millones de euros de los usuarios que tienen inversiones en criptoactivos[iii]. Las estimaciones pueden ser aún mayores si se considera que las tenencias de criptoactivos pueden estar sujetos a otros tipos de impuestos (por ejemplo, el impuesto sobre el patrimonio).
[i] Encuesta de Competencias Financieras (ECF). Banco de España.
https://app.bde.es/efs_ecf/home?lang=ES
[ii] Orden HFP/886/2023, de 26 de julio, por la que se aprueba el modelo 721 "Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero", y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación. BOE.
https://www.boe.es/eli/es/o/2023/07/26/hfp886
[iii] Initiative to strengthen existing rules and expand the exchange of information framework in the field of taxation so as to include crypto-assets. Council of European Union. 8 diciembre 2022.
https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-15829-2022-ADD-2/en/pdf