El derecho a pagar en efectivo

El derecho a pagar en efectivo

ODF – Funcas 42 / 2022

Fecha: 7 junio 2022

El avance de los medios de pagos digitales está reduciendo el  uso de efectivo pero aún es un instrumento importante y ampliamente usado. Una reciente encuesta del ODF-Funcas a adultos de entre 18 y 70, revela que el 69,1% de las compras se realiza con medios de pago distintos al efectivo (cashless)[1]. Sin embargo, este menor uso del efectivo no debería derivar en que en algunos establecimientos se prohíba su uso. Las autoridades se están viendo forzadas a proteger el derecho a pagar en efectivo.

En nuestro país, el poder legislativo ha aprobado una nueva norma para establecer el derecho a que el dinero efectivo pueda ser usado como medio de pago. Desde el pasado sábado 28 de mayo, con la reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios[2], todos los comercios situados en España tendrán la obligación de aceptar el efectivo como medio de pago. La nueva redacción del artículo 47.1 ñ) establece como una infracción a los derechos de los consumidores la  negativa a aceptar el pago con billetes o monedas, dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Los establecimientos que se nieguen a cobrar en efectivo serán sancionados entre los 150 y los 10.000 euros, aunque estas sanciones podrían ser superiores si se es reincidente en dicha negativa.

El legislador persigue evitar situaciones de exclusión financiera. Una mayor dificultad para pagar con billetes y monedas tendría un impacto negativo en aquellos segmentos de población más desfavorecidos y con una menor capacitación digital. De hecho, algunos grupos de población como los pensionistas han aplaudido la nueva norma en favor del efectivo.

El derecho a pagar con billetes y monedas empieza a consagrarse a medida que se comprueban los riesgos que tendría la desaparición del efectivo. De hecho, una encuesta reciente ha revelado que la mayor parte de los españoles (un 90%) considera que debe garantizarse el uso del efectivo.[3] Para más del 70% se trata de un instrumento de pago necesario en nuestra sociedad y un 77% lo considera un bien público.

Empiezan a surgir voces que defienden la existencia de un derecho a elegir el método de pago más adecuado para cada situación. No todas las transacciones realizadas con efectivo tienen por qué ser fraudulentas. Así, los ciudadanos pueden decidir pagar en efectivo por motivos que afectan a su esfera de intimidad personal, por control de gastos, por confianza o por comodidad, entre otras razones.


[1] Encuesta sobre usos de servicios bancarios, acceso a los servicios bancarios digitales y educación financiera y digital. Funcas. 7 abril 2022. https://www.funcas.es/prensa/el-364-de-los-espanoles-accede-todos-o-casi-todos-los-dias-a-su-banca-online-el-doble-que-antes-de-la-pandemia/

[2] Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. BOE. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555

[3] Encuesta sobre la necesidad de permanencia del dinero efectivo. Septiembre 2021. GAD3. https://www.gad3.com/estudio-denaria-encuesta-sobre-la-necesidad-de-permanencia-del-dinero-efectivo/

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